Vender o alquilar una vivienda sin certificado energético no es solo un incumplimiento formal: puede suponer una sanción económica real. En este artículo te explicamos qué dice la ley, cuánto puedes llegar a pagar y cómo evitarlo.

¿Qué dice la ley sobre el certificado energético?

El Real Decreto 390/2021 (que actualiza la normativa anterior de 2013) obliga a disponer de un certificado de eficiencia energética en vigor para vender o alquilar cualquier inmueble en España, y a incluir la calificación energética en toda publicidad del inmueble. El incumplimiento se considera una infracción administrativa.

Tipos de infracciones y cuantía de las sanciones

Las sanciones se clasifican generalmente en tres niveles, aunque las cuantías exactas varían según la comunidad autónoma:

  • Infracciones leves: por ejemplo, no exhibir la etiqueta energética en la publicidad. Suelen conllevar multas desde unos cientos de euros.
  • Infracciones graves: como vender o alquilar sin certificado en vigor, o utilizar un certificado caducado. Las multas pueden alcanzar varios miles de euros.
  • Infracciones muy graves: como falsificar los datos del certificado o actuar sin ser un técnico competente autorizado. Son las que conllevan las sanciones más elevadas y pueden implicar además la inhabilitación del técnico.

Cada comunidad autónoma (Madrid, Cataluña, Andalucía, etc.) tiene su propio régimen sancionador dentro de este marco general, por lo que las cuantías concretas pueden variar de una región a otra.

¿Quién puede detectar la infracción?

Principalmente:

  • Notarios y registradores, que exigen el certificado energético para formalizar la escritura de compraventa.
  • Portales inmobiliarios, que cada vez controlan más que los anuncios incluyan la calificación energética.
  • Inspecciones de las comunidades autónomas, a través de sus órganos de control de eficiencia energética.
  • El propio inquilino o comprador, que puede reclamar si detecta que no se le ha entregado el certificado.

¿Qué pasa si mi certificado está caducado?

El certificado energético tiene una validez de 10 años. Si va a vencer y tienes previsto vender o alquilar, debes renovarlo antes de firmar cualquier operación; de lo contrario, se considera como no tenerlo, con las mismas consecuencias que no haberlo tramitado nunca.

Cómo evitar la sanción

  1. Solicita el certificado antes de publicar el anuncio, no solo antes de firmar.
  2. Verifica la fecha de vigencia si ya tenías uno de una operación anterior.
  3. Contrata siempre a un técnico homologado y comprueba que el certificado queda registrado oficialmente en tu comunidad autónoma (un certificado sin registrar no es válido).
  4. Guarda una copia digital del certificado y de su justificante de registro por si te lo solicitan en cualquier momento del proceso.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden multar aunque venda entre particulares sin agencia? Sí, la obligación es independiente de si intermedia una agencia o no. Afecta a cualquier venta o alquiler.

¿La multa la paga el propietario o la agencia inmobiliaria? Generalmente recae sobre el propietario, aunque si la agencia ha publicitado el inmueble sin la calificación energética correspondiente, también puede ser sancionada.

¿Puedo subsanar la falta de certificado a tiempo y evitar la multa? Si el proceso sancionador ya se ha iniciado, no siempre es posible evitarla, pero tramitar el certificado de inmediato reduce el riesgo de que se abra expediente y demuestra buena fe.

Conclusión

El coste de tramitar un certificado energético (entre 60 € y 150 € en la mayoría de los casos) es mínimo comparado con el riesgo de una sanción, que puede llegar a varios miles de euros en infracciones graves. Si estás a punto de vender o alquilar, es el primer trámite que deberías resolver.

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